Un día como hoy

En 1854 mediante decreto del gobierno se publica en la Colección Completa de las Disposiciones Legislativas, los límites del Territorio de la Isla del Carmen, nueva entidad separada del gobierno de Yucatán meses atrás.

En 1863 mediante decreto, la Regencia impuesta por el ejército francés dispone el cambio de nombre de la Suprema Corte de Justicia por el de Tribunal de Justicia, el cual perduraría hasta el 18 de diciembre de 1865, cuando Maximiliano de Habsburgo expide la Ley para la organización de los Tribunales y Juzgados del Imperio, en la cual se le denomina Supremo Tribunal del Imperio Mexicano.

En 1867 el presidente Benito Juárez, luego de cuatro años de lucha contra los invasores franceses y el imperio de Maximiliano, entra victorioso a la Ciudad de México, con lo cual la República queda restaurada. Este día lanza su manifiesto en que está contenido el apotegma “Entre los individuos como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz”.

En 1914 a un año y cinco meses de haber llegado al poder a través de un cuartelazo, tras haber sufrido importantes derrotas frente al Ejército Constitucionalista, con el Congreso de la Unión clausurado, el Puerto de Veracruz ocupado por tropas estadounidenses y con el señalamiento de haber ordenado varios asesinatos durante su gestión, el general Victoriano Huerta presenta su renuncia a la presidencia de la República y huye de la capital del país, rumbo al exilio.

En 1946 muere en la Ciudad de México el ingeniero Miguel Ángel de Quevedo, primer mexicano en proponer e instrumentar la primera instancia del gobierno mexicano para atender las cuestiones ecológicas a fines del siglo XIX. En 1926 propuso y logró la aprobación de la primera Ley Forestal. Nació el 27 de septiembre de 1862 en Guadalajara, Jalisco.

En 1979 muere en la Ciudad de México el ex presidente Gustavo Díaz Ordaz, quien gobernó al país de 1964 a 1970. Nació en 1911 en San Andrés Chalchicomula, hoy Ciudad Serdán, Puebla.

En 1992 se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. Esta ley especifica en el artículo 14 del Capítulo Segundo que “los ciudadanos mexicanos que ejerzan el ministerio de cualquier culto, tienen derecho al voto en los términos de la legislación electoral aplicable”.

Fuente: SCJN


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